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Marco Legislativo

Para la programación que proponemos nos hemos basado en la actual ley de educación (LOMCE), la cual se ha ido basando en las distintas leyes educativas que ha habido desde la LOGSE de 1990, en la que se produjo una modificación completa del currículum. Es decir:

- Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), 1990.

- Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE), 2004.

- Ley Orgánica de Educación (LOE), 2006.

- Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), 2013.

 

Además de estas leyes, nos hemos fijado tanto en el BOE como en el BOJA, teniendo en cuenta lo siguiente:

 

  • Orden del BOE de la LOMCE del 29 de enero de 2015: Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato.

 

  • Orden del BOJA de la LOMCE, 21 de enero de 2013: Orden de 12 de diciembre de 2012, por la que se modifica la de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía.

 

  • Real Decreto del BOE en el que se establece el currículum básico de la LOMCE, 3 de enero de 2015: Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

 

  • Decreto del BOJA sobre el ROC, 16 de julio de 2010: DECRETO 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

 

 

Esta última ley de la que partimos (LOMCE) modifica sobre todo aspectos de la educación secundaria, la más perjudicada en los informes PISA. No se trata de una ley educativa que parta de cero, sino que reforma elementos de la anterior (LOE). Los cambios más significativos (o los que más nos perjudican a nosotros) se encuentran en el currículum. A continuación se muestra este artículo tal y como viene reflejado en la ley:

 

«2. El currículo [en la educación secundaria] estará integrado por los siguientes elementos:

 

​ a) Los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa.

 

 b) Las competencias, o capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos.

 

c) Los contenidos, o conjuntos de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias.

 

d) Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participen los alumnos y alumnas.

 

e) La metodología didáctica, que comprende tanto la descripción de las prácticas docentes como la organización del trabajo de los docentes.

 

f) Los estándares y resultados de aprendizaje evaluables.

 

g) Los criterios de evaluación del grado de adquisición de las competencias y del logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa.»

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